Impuesto a las Ganancias: cinco puntos fundamentales del aumento del mínimo no imponible
Se oficializó la actualización del impuesto, que se enmarca en una serie de alivios fiscales que apuntan a consolidar la demanda y el mercado interno.
El Gobierno Nacional formalizó la decisión de aumentar a $175.000 mensuales el monto mínimo no imponible para el pago del impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, a través del decreto 620/2021 publicado este jueves en el Boletín Oficial. La medida busca que el aumento de las paritarias no afecte el poder adquisitivo de los contribuyentes y de sus familias ¿Cuáles son los cambios más importantes?
- Los trabajadores que, a partir de septiembre, perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175.000 no pagarán el impuesto. Para este segmento, el aguinaldo de diciembre quedará eximido del pago.
- Se aumentó el piso de $150.000 y el umbral de $173.000 a $175.000 y $203.000, respectivamente. Los contribuyentes alcanzados por este umbral pagarán una escala reducida.
- Se eximió del pago del Sueldo Anual Complementario a los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $175.000.
- Con esta actualización, 1.267.000 personas que dejaron de pagar Ganancias cuando se aprobó la ley en abril, seguirán sin pagar el impuesto. De este modo, solo continuarán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores en relación de dependencia.
- El mínimo no imponible, todas las deducciones y las escalas del impuesto se volverán a actualizar a partir del 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.
Fuentes oficiales señalaron que “la reforma de Ganancias llevada adelante por el Gobierno Nacional es sustentable y progresiva”. “Durante la administración de Juntos por el Cambio se duplicaron los trabajadores alcanzados por este impuesto. La ley buscó volver a los niveles anteriores al período 2015-2019, y que casi 1,3 millones de trabajadores dejaran de pagar el tributo”, agregaron.