El Central habilitó el bono para importadores: cuáles son los requisitos para acceder
La máxima autoridad monetaria dispuso una herramienta para “proveer previsibilidad” a la cancelación de deudas correspondientes a compradores de bienes y servicios del exterior.
En el marco del establecimiento de un nuevo mecanismo de importaciones, y tras un pedido de investigar supuestas operaciones ilícitas dentro eliminado sistema SIRA que fueron finalmente desestimadas por la Justicia, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó un bono para importadores de bienes y servicios que deban cancelar deudas.
Para acceder a estos nuevos instrumentos, conformados por tres series de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL), la máxima autoridad monetaria del país estableció que la entidad financiera que concrete la oferta de suscripción en nombre de un importador deberá contar con las respectivas certificaciones sobre el monto pendiente de pago y, en el caso de los servicios, se agrega la documentación que permita avalar su existencia.
Dicha entidad deberá verificar que la obligación de pago califica como una deuda por importaciones de bienes o servicios. A su vez, le atañe comprobar que la operación se encuentra declarada, en caso de corresponder, en la última presentación vencida del “Relevamiento de activos y pasivos externos”.
Al anunciar la habilitación para acceder a la herramienta, el BCRA detalló que el objetivo es “proveer previsibilidad a los pagos asociados con el stock de deuda comercial de importadores”. Quienes podrán acceder a las licitaciones primarias de estos instrumentos son aquellos que tengan “deudas con el exterior por importación de bienes con registro aduanero anterior al 12 de diciembre de 2023 y por importación de servicios efectivamente prestados con anterioridad a la misma fecha”.
Este instrumento está formado por tres tipos de bonos a corto, mediano y largo plazo, respectivamente: Serie 2, con vencimiento junio de 2025; Serie 3, con vencimiento mayo de 2026; y Serie 1, con vencimiento octubre 2027.
Para los importadores de bienes y servicios que suscriban a este último antes del 31 de enero de 2024, la autoridad monetaria autorizó el acceso al mercado de cambios. De esta forma, podrán obtener, desde el 1° de febrero del mismo año, un monto igual o mayor al 50% del total pendiente por sus deudas y que represente hasta el 5% del valor total de títulos de los bonos adquiridos en licitación primaria. Además, tendrán una alícuota reducida al 0% en el Impuesto PAIS.
Los requisitos para acceder a los BOPREAL también incluyen:
- Cumplir las condiciones previstas en el punto 10.3.2.1. de las normas de “Exterior y cambios” para el acceso al mercado de cambios excepto aquella prevista en el inciso viii, en el caso de los bienes.
- Cumplir con los requisitos complementarios previstos en los puntos 3.16.2. a 3.16.6. de las normas de “Exterior y cambios”, en el caso de los servicios.
- Presentar una declaración jurada del cliente en la que se deje constancia que la deuda por la cual solicita la suscripción se encuentra pendiente de pago.
La habilitación de los BOPREAL llegó en el marco del establecimiento de un nuevo mecanismo de importaciones -que eliminó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA)- y la creación de un padrón para deudores por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Con respecto al SIRA, la Fundación Apolo había pedido a la Justicia Federal investigar a la secretaría de Comercio de la Nación por supuestos sobornos en el funcionamiento del mecanismo, pero el juez federal Julián Ercolini descartó las irregularidades denunciadas y sobreseyó al extitular de la cartera Matías Tombolini.