Dólar "turista": qué operaciones pagarán el 30% de impuesto (y cuáles quedaron exentas)
"Es una medida antipática", describió el propio jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
La semana pasada, el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Entre los puntos sobresalientes del proyecto consta de la incorporación de una alícouta del 30% ya sea para la compra como para el consumo de dólares.
Si bien el equipo de Legal y Técnica del Congreso y el Ejecutivo Nacional aún trabaja en la redacción de la normativa, luego del debate parlamentario se despejaron varios interrogantes.
El primero, por caso, es que quedaron exceptuados de pagar el recargo todas las compras antes de la sanción de la Ley, es decir, hasta el 21 de diciembre.
Cabe destacar que cuando se presentó la ley, Santiago Cafiero dijo que la recarga fiscal "tiene una lógica solidaria y contributiva". El jefe de Gabinete argumentó que "hay que cuidar mucho los dólares del Banco Central" y estimó que parte del porcentaje del impuesto irá a la seguridad social y otra a un fondo para el turismo interno.
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Operaciones que pagarán el impuesto
- Tarjetas de crédito y débito en el exterior. El impuesto del 30% se aplicará al consumo en el exterior con cualquier tarjeta, ya sea de débito o de crédito. La salvedad será, entonces, pagar en efectivo, aunque cabe aclarar que también se cobrará una alícouta del mismo porcentaje para los doscientos dólares, por mes, que permite comprar el Banco Central.
- Paquetes turísticos. El impuesto del 30% se aplica a la compra de servicios en el exterior que se contraten a través de agencias de viajes y turismo –tanto mayoristas como minoristas– del país. Esto fue cuestionado por las agencias locales, quienes pidieron una alícuota diferenciada del 15%. También se verían afectadas las agencias minoristas tradicionales, como también algunas plataformas virtuales que están habilitadas legalmente para operar en el país, como Atrápalo, Despegar, Al Mundo y Viajo Bien, entre otras.
- Netflix. El servicio on demand más conocido en el país tendrá modificado su precio. Al día de hoy, el valor mensual de Netflix por una sola pantalla es de $ 179 (con un dólar a 63,09 pesos). Con el nuevo impuesto, el precio llegaría a $ 232,70. Por su parte, el servicio de dos pantallas pasará de $ 269 a $ 349,70 pesos a la hora de la reglamentación -si se mantiene estable la cotización de la divisa norteamericana- mientras que el abono de tres usuarios alcanzará los $ 479,70 (ahora cuesta $369).
- Pasajes al exterior. También pagarán el 30% adicional, los pasajes terrestres, aéreos y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. A este texto original se agregó: "En la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación".
- Spotify. Si el dólar se mantiene en $ 63,09, el valor de la aplicación musical cuesta, por mes, $ 99. Con la reglamentación de la ley la alícuota, el valor subiría un 30 por ciento: llegaría a $ 128,70. El duo -que permite la escucha de dos personas desde dos smartphone distintos- pasaría de $ 129 a $ 167,70. El familiar -que es ilimitado- rozaría los doscientos pesos por mes, al pasar a cotizar $ 193,70.
- Compras online. El recargo también se aplica a las compras efectuadas a través de portales virtuales como Amazon, Ebay y Alibabá. O "con cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera", señala el proyecto.
Exentos
El debate también revisó los pormenores de la medida para determinar algunas excepciones al recargo del 30%. Y, en ese sentido, una de las grandes beneficiarias fue Aerolíneas Argentinas: la línea de bandera cobra sus tarifas en pesos (razón por la cual no hay gasto en dólares) a la vez que no tiene que girar sus dividendos al exterior. Lan Argentina y Buquebús también cuentan con la primera condición, aunque sus ganancias son repartidas en el extranjero.
Por último quedan exceptuados del 30% los viajes al exterior entre ciudades limítrofes, por caso, Concepción del Uruguay y Fray Bentos (Uruguay), como también Posadas y Encarnación (Paraguay), siempre en cuanto se pague en pesos. Es decir que las operaciones no impliquen cambio de divisas.