Media sanción a la emergencia económica: seis ejes de la ley y las modificaciones de último momento
Jubilaciones, dólar, bienes personales, moratoria para PyMes, congelamiento de tarifas y renegociación de la deuda son los ítems principales. Los expresidentes, funcionarios públicos y los jueces mantendrán la movilidad jubilatoria.
Con 134 votos positivos y 110 negativos, la Cámara de Diputados dió media sanción al proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, la primera iniciativa económica propulsada por el Gobierno nacional.
El propio presidente Alberto Fernández había afirmado el jueves que el oficialismo cuenta con los votos necesarios para girar el texto al Senado. También había informado que realizarían algunos retoques al documento, para aminorar la tensión con diputados opositores y sectores perjudicados por el proyecto, como el campo.
Los seis ejes del proyecto
- Jubilaciones: se suspenderá la fórmula para calcular la movilidad previsional por 180 días. En el interín, el Gobierno dispuso un bono adicional, de $5.000, para los jubilados que cobran los haberes mínimos, a repartir tanto en diciembre como en enero. Con la fórmula aprobada por el macrismo en 2017, los jubilados iban a culminar 2019 con una suba del 51,1% en sus ingresos, casi idéntica al incremento de la inflación anual. La suspensión de la movilidad por los próximos seis meses les quitará previsionalidad respecto a sus ingresos futuros, ya que durante 180 días quedarán a merced de decretos presidenciales. Los expresidentes, funcionarios públicos y los jueces mantendrán la movilidad jubilatoria.
- Dólar: habrá un impuesto del 30% a la compra de las divisas para atesoramiento. Así, el valor actual de $63 por dólar que otorga el Banco Central saltará a $82 cuando entre en vigencia la Ley. Seguirá rigiendo la restricción de U$S 200 dólares por mes para la compra. Además, se impondrá un recargo del 30% a los gastos que se realicen en el exterior. Alcanzará a todo tipo de compras, pasajes, hoteles, así como a servicios de suscripción en moneda extranjera, entre los que destacan Netflix y Spotify. Con el objetivo de fomentar el ahorro en pesos, también se eliminará el tributo a la renta financiera.
- Bienes Personales: la alícuota será retraída a los valores de 2015. Esto implicará un aumento para el sector de la población que paga el impuesto progresivo y un incremento de la renta a la tenencia de activos financieros argentinos.
- PyMes: tendrán un plan para regularizar las deudas impositivas contraídas en el último tiempo. El proyecto les dará seis meses para realizar el primer pago de la cuota. La fecha del primer abono tributario será a mediados de julio de 2020. Además, tendrán una eximición total o parcial de contribuciones, que se extenderá también a las empresas que mejoren los ingresos de los empleados.
- Tarifas: se congelarán las subas por seis meses. El miércoles, en comisión, Matías Kulfas aclaró que el Gobierno no piensa realizarlo por tiempo indeterminado, sino que los 180 días “servirán para estudiar una nueva implementación de los precios de los servicios”. Por otra parte, el proyecto de ley apunta a facultar a la administración nacional para intervenir los entes reguladores de energía por un plazo de un año. Además, se suspendió el consenso fiscal con las provincias, quienes a cambio desistieron en continuar sus juicios contra el Estado para reclamar por la coparticipación nacional.
- Deuda: El Poder Ejecutivo estará habilitado para renegociar y construir un nuevo perfil de vencimientos de deuda con bonistas y multilaterales. Buscará tener un programa de deuda a 20 años con sustentabilidad en vencimientos.
Modificaciones de último momento
- Artículo 85: el mismo le delegaba enormes facultades al Ejecutivo. Sobre todo, en la posibilidad de rediseñar el organigrama del Estado. Tras las quejas de la oposición (sin distinción de partidos), el Frente de Todos aceptó dar de baja ese apartado como ofrenda de paz. La intención es que esa decisión aspire a descomprimir la tensión de las últimas horas en el Congreso.
- Artículo 40: los consumos en el exterior hechos en dólares antes de la sanción, no abonarán el 30% del impuesto fijado. El recargo será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley.
- Retenciones: “Propuse incorporar un artículo que disponga que el Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas”, comunicó a través de Twitter Alberto Fernández. Por DNU, el Gobierno le puso un tope a las exportaciones de soja del 33% (estaban en 18%) y a otros productos agropecuarios de hasta el 15% (antes, en 8%). Como contraparte, redujo los impuestos al petróleo, del 12% al 8%.
Además, se eliminó un artículo que obligaba a las empresas de medicina prepaga a incrementar sus aportes al Fondo Solidario de Redistribución del sistema, una medida que hubiese llevado a un aumento en la cuota que pagan los afiliados. En total hubo modificaciones en quince artículos. Son el 5, 18, 22, 23, 25, 31, 33, 39, 40, 44, 49, 51, 52, 53 y 58, 74, 80, 81 y 85.