Expropiación de Vicentin: ¿respetuosa de las leyes y con fines de utilidad pública?
La Constitución Nacional prevé las expropiaciones, pero la utilización de un DNU para intervenir la compañía no fue estratégico.
La posible expropiación de la empresa Vicentin, una de las principales agroexportadoras del país y con concurso de acreedores en proceso, no asoma como la mejor estrategia para garantizar la soberanía alimentaria, y mucho menos, para alentar la inversión en el país.
Este es un momento en que se necesita del aporte de las empresas para reactivar la alicaída economía, complicada aún más por la pandemia.
La Constitución Nacional (CN) habilita al Poder Ejecutivo a realizar expropiaciones en el artículo 17. El mismo se utilizó principalmente a finales del siglo XIX y principios del actual.
El espíritu del artículo alude a la expropiación en favor “de la utilidad pública”. Como en el caso de caminos, vías férreas o aeropuertos, y bajo una figura conocida como “Cláusula de progreso”.
En Argentina, las expropiaciones a empresas no tienen buenos antecedentes. En términos de rescate, así como las erogaciones compensatorias posteriores.
Un caso paradigmático es la estatización de YPF. Se pagaron 10 mil millones de dólares por una compañía cotiza 1.500 millones en la actualidad. En este tipo de procesos no se pone en juego el dinero del gobierno de turno, sino el de todos los argentinos.
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¿Decretos vs. derechos?
La expropiación en sí misma no es lo más preocupante, sí lo es la decisión de hacerlo por medio de un decreto de necesidad y urgencia (DNU). La medida es confiscatoria y afecta directamente al derecho a la propiedad y la libre asociación, según lo establece la CN.
Asimismo, esta medida menoscaba la división de poderes y contradice lo expresado en el artículo 109 de la CN. El mismo determina que “en ningún caso el Presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”.
En estos tiempos de pandemia y con ciudadanos necesitando la ayuda del Estado, ¿es momento de priorizar la expropiación de una empresa? Sumado a que se justifica en que será a favor de la soberanía alimentaria y no prioriza el bienestar de la población.
La intervención parece una medida destinada a contener al ala política más dura del gobierno, que en términos estratégicos fue poco feliz.
Durante la renegociación de la deuda es tiempo de mostrar confianza a los acreedores y no el impacto negativo inmediato una vez conocida la decisión entorno a Vicentin.
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Rol de los empresarios
Si la expropiación de una compañía, que aún tenía alternativas para ser “rescatada” de manera privada, con ofertas de compra incluidas, fue un mensaje. ¿A quién estuvo dirigido? Si el destino eran los mercados, éstos no reaccionaron de la manera esperada.
Además, con esta decisión del Ejecutivo, el empresariado vuelve a mirar con desconfianza a un gobierno que espanta a quien quiere invertir en un país debilitado. No solo débil desde los económico, sino también por la falta de seguridad jurídica, cimiento de la inversión que deriva en crecimiento económico.
Es impensable considerar que alguien quiera invertir en un país en el que el gobierno expropia una empresa, sin criterio estratégico, ni de utilidad pública o soberanía alimentaria.
La gestión actual puede que sea obligada a retroceder en su decisión. Debido al costo político, y para evitar un costo económico y de pérdida de confianza del agro. Ese sector es uno los principales motores de la economía de la Argentina.