El kirchnerismo pidió una sesión especial en el Senado para derogar el megadecreto
Lo hizo a través de una nota enviada a Victoria Villarruel. El decreto ingresó al Congreso en los primeros días de enero, pero no se conformó la comisión para su tratamiento.
El bloque de Unión por la Patria en el Senado pidió este miércoles una sesión especial para el próximo jueves 1° de febrero para intentar derogar el megadecreto desregulatorio de la economía dictado por el Gobierno de Javier Milei, que entró en vigencia el pasado 29 de diciembre y cuyo capítulo laboral fue suspendido por algunos jueces.
A principios de enero, el Gobierno envió formalmente el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 al Congreso, que debe definir su validez. La iniciativa contiene más de 300 reformas de toda índole.
Según la ley que regula el tratamiento de los decretos presidenciales, la Bicameral de Trámite Legislativo tendría que haberlo analizado dentro de los 10 días hábiles, pero esa comisión no fue conformada.
El pedido del bloque que preside el senador formoseño José Mayans fue realizado mediante una nota dirigida a la vicepresidente Victoria Villarruel, titular de la Cámara alta, quien deberá extremar negociaciones con la oposición considerada “dialoguista” para que no se caiga una de las primeras medidas del Gobierno de La Libertad Avanza.
Sin embargo, existen algunos artilugios legales que le podrían permitir a la Vicepresidente desestimar la fecha reclamada por el kirchnerismo. Por un lado, el reglamento del Senado le concede la facultad de fijar día y hora de la sesión, y, por otro, el DNU no está habilitado por el Poder Ejecutivo para su tratamiento en el Congreso en un período de sesiones extraordinarias.
De todas formas, se trata de una cuestión debatible, ya que hasta el momento nunca se convocó a ninguna de las dos cámaras a tratar un decreto de necesidad y urgencia fuera del período de sesiones ordinarias, que se extiende entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre.
La estrategia de Unión por la Patria se decidió en las últimas horas, luego de una reunión celebrada el martes por los senadores kirchneristas.
La bancada liderada por Mayans, integrada por 33 legisladores, necesita sumar cuatro voluntades de otros bloques para llegar al quórum -37- y abrir la sesión en el recinto.
Denominado “Bases para la Reconstrucción de la Economía”, el decreto fue firmado el 21 de diciembre y dispone la desregulación de la economía mediante la modificación o derogación de leyes en áreas tan diversas como la relación contractual entre inquilinos y propietarios, la venta de medicamentos, reformas a las leyes laborales, el régimen de tarjetas de crédito y la compra y venta de automóviles, entre otras.
El Gobierno envió el decreto el 5 de enero pasado a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que tiene la misión de analizar la constitucionalidad de la medida.
El órgano parlamentario todavía no se constituyó debido a diferencias por el número de integrantes del kirchnerismo, por lo que, pasados los diez días hábiles que establece la normativa vigente, el DNU quedó habilitado para su tratamiento directo en el recinto de ambas cámaras legislativas.
Los diputados y senadores solo pueden avalar o rechazar en su totalidad el decreto, no modificarlo ni dividirlo. Solamente si las dos cámaras votan en contra, el DNU es derogado.
Desde que se conoció el texto, cosechó rechazos por parte de los sindicatos y fue judicializado en su totalidad o en parte.
La Confederación General del Trabajo (CGT) fue una de las primeras organizaciones en acudir a la Justicia y logró que se suspendiera el capítulo laboral de la megainiciativa. Incluso este miércoles consiguió que la jueza de feria Liliana Rodríguez Fernández declarara la invalidez de seis de sus artículos, aunque la magistrada aclaró que volverán a tener vigencia si los ratifica el Congreso.
Según la jueza, esos artículos afectan “de modo directo” los intereses de la CGT por aludir a derechos colectivos de los trabajadores.
Son ellos “el artículo 73, que modifica las condiciones de retención de la cuota sindical; el 79, que establece reglas para la negociación colectiva; el 86, que modifica la vigencia de las cláusulas obligacionales; los 87 y 88, que incorporan a su vez los artículos 20 bis y 20 ter a la ley 23551; y el 97, que regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos”, resumió en su resolución de 10 páginas.