Decretaron la emergencia ferroviaria por dos años y las prestadoras tienen 15 días para entregar un plan de adecuación
El objetivo principal de la medida es "resguardar la seguridad operativa" del servicio de transporte "de carga y pasajeros". Las empresas tendrán que indicar los puntos "urgentes" para garantizar el funcionamiento.
A través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 525 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno declaró la emergencia pública en materia ferroviaria por dos años, con el objetivo principal de "resguardar la seguridad operativa de la prestación del servicio de transporte de carga y pasajeros". En este marco, las empresas del sector -que quedaron dentro de aquellas a privatizar tras la aprobación de la Ley Bases en el Senado- deberán presentar en un plazo de 15 días un plan de readecuación y priorización de las "obras, trabajos, capacitaciones y contrataciones" consideradas "urgentes" para garantizar el funcionamiento.
"Dicha declaración de emergencia abarca la totalidad de las actividades inherentes a la administración y al mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y a la operación de los servicios ferroviarios en la Red Ferroviaria Nacional, sean ejercidas o no de manera directa por el Estado Nacional", estableció la norma, que además indicó que "el Poder Ejecutivo Nacional o la Autoridad de Aplicación del presente que este designe podrá prorrogar dicho plazo por única vez por otro período de hasta 24 meses".
El Gobierno determinó un presupuesto adicional de $1.293.780.000.000 "para el fortalecimiento del sistema", del cual deberá imputarse la suma de hasta $350.000.000.000 "para el presente Ejercicio 2024", y cuya distribución será efectuada "de conformidad a los planes oportunamente aprobados".
Además, en el quinto artículo del DNU, con vigencia desde este 13 de junio, remarca que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) "deberá implementar facilidades para la importación de repuestos y demás materiales necesarios para la realización de tareas de mantenimiento y mejoras en la seguridad operativa ferroviaria".
En tanto, las empresas que tendrán que presentar un plan de acción "dentro de los 15 días" son: Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado; la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado; la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado; Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima; y Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima.
El informe a exhibir a las autoridades gubernamentales debe incluir "medidas indispensables y urgentes a tomar", que "resguarden la seguridad operativa de la prestación del servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros" y además deben incluir "las solicitudes de readecuación presupuestaria que resulten pertinentes".
Por último, la Secretaría de Transporte y las empresas del sector de trenes fueron autorizadas a dar de baja las contrataciones de tercerizados que no se adapten a los planes de acción a tomar. A su vez, tendrán la facultad de atraer inversiones, fomentar la participación de terceros y redactar los contratos que sean útiles para formalizar las colaboraciones en materia operativa.