Alberto Fernández oficializó el decreto para el pago del bono de $60 mil a trabajadores públicos y privados
El jefe del Estado oficializó el paquete de medidas para atenuar los efectos de la devaluación anunciado el domingo pasado por el ministro de Economía, Sergio Massa.
El Gobierno oficializó este miércoles el decreto que ordena a las empresas privadas y al Estado nacional pagar una suma fija de $60 mil, en dos cuotas de $30 mil a abonarse en septiembre y octubre, parte de la batería de medidas que el ministro de Economía, Sergio Massa, anunció el domingo pasado para atenuar los efectos de la devaluación aplicada el 14 de agosto, el día posterior a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).
Según el Decreto de Necesidad y Urgencia 438/2023, la asignación será otorgada "por única vez" a “trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”.
El texto, firmado por el presidente Alberto Fernández y la totalidad de sus ministros, establece que la primera cuota deberá pagarse en la primera quincena de septiembre, aunque no impone sanciones ni multas en caso de incumplimiento.
Hasta el momento, La Rioja, Mendoza, Chubut y Santiago del Estero son las únicas provincias que confirmaron que cumplirán con la medida impulsada por Massa.
Por el contrario, la Ciudad de Buenos Aires, Santa Fe, Misiones, Chaco, San Juan, Córdoba, Jujuy, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Catamarca, Tucumán, Salta y Santa Cruz anunciaron que no contemplan el pago, ya sea porque no tienen fondos suficientes, porque ya acordaron aumentos o porque están en diálogo con los estatales.
Las restantes seis provincias, en tanto, definían por estas horas qué resolución adoptar.
Por su parte, el sector privado se mostró en contra del beneficio, al que calificó de "unilateral", según expresaron la Unión Industrial Argentina, la Cámara Argentina de la Construcción, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Cámara Argentina de Comercio.
En un acto en Catamarca, Alberto Fernández pidió este miércoles a los gobernadores y empresarios que paguen el bono para aliviar el bolsillo de los trabajadores y advirtió que no se trata de un "plan platita", sino de un "plan justicia".
"Esto, para que nadie lo confunda, no es el plan platita. Es el plan justicia. Que los que más tienen, más repartan. Eso es. No es otra cosa”, apuntó.
El jefe del Estado reclamó a los empresarios que "no se quejen" por el pago de la suma fija y dijo que le llama la atención que, mientras algunas provincias pueden efectivizarlo, “la ciudad más opulenta”, en alusión a Buenos Aires, “tenga dificultades para hacerlo”.
"A los empresarios que se llenaron de plata los dos últimos años, en los que Argentina creció 16%, y en la pandemia, les digo que llegó la hora de distribuir. Que no se quejen, que alguna vez piensen en la comunidad en la que viven y dejen de pensar en sus bolsillos. Lo que estamos haciendo es un poco de justicia", dijo.
Además de este bono para empleados del sector público y privado, el decreto, de ocho páginas y que será publicado este jueves en el Boletín Oficial, también establece una asignación de $25 mil, entregada en dos cuotas de $12,5 mil, para los trabajadores incluidos en el “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”.
Asimismo, detalla la devolución de las contribuciones patronales en un 100% para las microempresas y en un 50% las pequeñas empresas: "Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigor del presente decreto podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino”.
Esos reintegros serán efectuados "durante los meses correspondientes al pago de la asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados".
También, respecto al beneficio a los monotributistas, se le ordena a la Administración Federal de Ingresos Públicos "prorrogar el vencimiento del impuesto integrado de los contribuyentes comprendidos en las categorías A, B, C y D", correspondientes a "los períodos de septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero y febrero".