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Para evitar demoras e inconvenientes, la AFIP comunicó también cuál es la documentación correspondiente para cruzar la frontera. Solo es necesario tener el DNI digital o tarjeta (es el único documento válido) o Pasaporte. Las constancias de DNI en trámite NO son válidas como documentos de viaje.

Los menores de 18 años, además de sus DNI, necesita la Libreta Civil de Familia, Partida o Certificado de Nacimiento, que constaten los datos filiatorios. Si el menor viaja con uno solo de sus padres o sin ellos necesitará la correspondiente autorización del padre/madre ausente.