El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata condenó hoy a la pena de prisión perpetua a Matías Farías, uno de los acusados por el femicidio de Lucía Pérez y a ocho años de cárcel a Juan Pablo Offidani.   

Los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz del TOC 2 de condenó a Farías por considerarlo autor del crimen de la joven de 16 años, mientras que a Offidani lo consideraron partícipe secundario.   

Después de las 14:30 el Tribunal dictó la sentencia del segundo juicio que se llevó a cabo en la ciudad balnearia por el femicidio de la adolescente ocurrido en octubre de 2016.   

Los jueces encontraron culpable a Farías por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de sustancias estupefacientes en concurso ideal con femicidio" en calidad de autor.   

Con respecto a Offidani, de 48 años, lo condenaron por ser partícipe secundario por "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de sustancias estupefacientes".   

A Offidani se le concedió una pena única de 15 años de prisión al tener una pena anterior del primer juicio por venta de drogas.   

Antes del inicio de la lectura de sentencia llegaron a la sala sexta del Tribunal la madre y el padre de Lucía junto a familiares, amigos y personas que acompañan la lucha desde el comienzo del femicidio.   

Como era de esperarse los acusados no estuvieron en la sala y presenciaron la condena de manera virtual: Farías desde la cárcel de Florencio Varela y Offidani desde Batán.   

La adolescente de 16 años fue asesinada el 9 de octubre de 2016 en Mar del Plata en la casa de Farías.   

La reconstrucción de los hechos confirmó que Lucía tomó cocaína y fue violada.   

En el primer juicio que se realizó en 2018, los jueces absolvieron a los acusados y en este segundo los condenaron: en este debate se trató de constatar la situación de vulnerabilidad de la joven al momento del crimen y abuso.   

En todo momento los abogados defensores manifestaron que las relaciones fueron consentidas y que Lucía consumió drogas por su propia voluntad.   

Esto provocó que en 2018 los jueces hayan dictaminado una condena por venderle droga a menores y absolverlos por el delito principal de la causa.   

Desde esa resolución la lucha de familiares, cercanos y de entidades se elevó generando así un pedido de juicio contra los letrados y un nuevo inicio de causa contra los mismos acusados.   

De esta manera el Tribunal de Casación bonaerense anuló por su falta de perspectiva de género en agosto de 2020 la sentencia y ordenó la realización del segundo juicio que comenzó en febrero pasado.