La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, con el fin de reducir la carga administrativa y la burocracia para los contribuyentes. El Gobierno aclaró que este trámite solo será necesario, aunque de manera optativa, si los locadores quieren acceder a beneficios fiscales.

Mediante la Resolución General 5545/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la AFIP suprimió el requisito por el cual se debían notificar ante el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)" todas las operaciones llevadas a cabo entre locadores y locatarios, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que derogó la norma 27.551, más conocida como Ley de Alquileres.

Con todo, la agencia de recaudación estableció que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos, sobre los Bienes Personales y Ganancias sí tendrán que declarar sus contratos de locación en el RELI a través de la web del organismo, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la firma.

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Asimismo, se aclaró que quienes tengan convenios vigentes "no deberán registrarse nuevamente, excepto que corresponda informar modificaciones, actualizaciones del valor de la locación o renovaciones".

"La presente medida contribuye a la constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano en un marco de simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios", señalaron los considerandos del texto oficial, firmado por la titular de la AFIP, Florencia Misrahi.

En la misma línea, pero en relación con el impuesto a las Ganancias, por medio de la Resolución General N° 5547 la entidad también retiró la obligación del empleado en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.

Estas simplificaciones administrativas aplicadas por la AFIP se suman a las derogaciones del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un vehículo o moto usado y radicado en el país; así como también de la normativa que obligaba a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas anuales por sus cosechas; el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones.