“Compre sin IVA”: 5 claves del programa de devolución del impuesto en la compra de alimentos
Cuándo entra en vigencia la medida anunciada por Massa, a quiénes alcanza, de cuánto es el reintegro, qué productos incluye y cómo es la modalidad de pago y de reembolso.
Como parte de una batería de medidas para hacer frente a la inflación, que en agosto fue del 12,4%, Sergio Massa anunció este miércoles la creación del programa “Compre sin IVA”. El mismo establece una devolución de hasta el 21% -correspondiente al impuesto al valor agregado- en las compras de productos de la Canasta Básica Alimentaria realizadas con tarjetas de débito. A continuación, las 5 claves: cuándo entra en vigencia, quiénes pueden recibir el beneficio, de cuánto es el reintegro, qué productos incluye y cómo es la modalidad de devolución.
El programa anunciado por el ministro de Economía comenzará a regir una vez que el decreto correspondiente sea publicado en el Boletín Oficial. Se estima que será el próximo lunes 18 de septiembre y estará vigente hasta el 31 de diciembre.
La medida alcanza a 7 millones de jubilados y pensionados, 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), 2,7 millones de monotributistas de todas las categorías, 9 millones de empleados en relación de dependencia y 440 mil trabajadores del Régimen del Personal de Casas Particulares.
Cada grupo social cuenta con determinados requisitos para poder acceder a la devolución del IVA: los jubilados no podrán cobrar más de tres haberes mínimos, equivalentes $262.380, mientras que los trabajadores formales deberán tener ingresos de hasta seis salarios mínimos, vitales y móviles, es decir, a $708.000 brutos. Por su parte, los monotributistas no deberán tener otra fuente de ingresos más que la declarada en ese régimen.
El monto de reintegro será de hasta $18.000 mensuales por persona para monotributistas, empleados en relación de dependencia y de casas particulares, en tanto que en el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de la AUH se aumentó recientemente a a $18.800. Este programa amplía el régimen de reintegro actual para estos tres últimos grupos, que es del 15% en compras realizadas con tarjeta de débito, con un tope de $4.056 por individuo.
En cuanto a los productos sobre los que se aplica la devolución, “Compre sin IVA” incluye todos los de la Canasta Básica Alimentaria, como panificados, arroz, fideos, aceite, bebidas, frutas y verduras, lácteos, carnes, fiambres y huevos, como así también artículos de limpieza e higiene personal.
Para acceder al beneficio no es necesario hacer ningún trámite, sino que el reintegro se aplica de forma automática en la cuenta del beneficiario en un plazo de 48 horas. Vale aclarar que las compras deben realizarse de forma presencial en supermercados y comercios habilitados que cuenten con posnet, ya que el pago debe ser con tarjeta de débito física, pudiendo utilizarse promociones bancarias y acumularse descuentos. Por su parte, no se contemplan tarjetas adicionales o prepago, como tampoco las operaciones realizadas online, por billeteras virtuales u otros medios de pago asociados a las cuentas bancarias, tales como Mercado Pago, MODO y Ualá, entre otras.
Más allá de la medida de emergencia, desde el Gobierno anunciaron un proyecto de ley para extender la devolución del IVA en 2024 hasta $23.000 por beneficiario.