Aprobaron en general un proyecto para tipificar como delito la venta de menores, pero volverá a tratarse en comisión
La iniciativa, que proponía hasta 10 años de prisión para quien reciba y entregue un niño por cualquier "contraprestación", regresará a Justicia y Asuntos Penales para modificar un artículo que causó controversia.
A tres semanas de la desaparición de Loan Danilo Peña en Corrientes, caso cuya investigación se orienta hacia la trata de personas, el Senado aprobó este jueves en general un proyecto de ley que tipifica como delito la sustracción y/o comercialización de niños, aunque el texto volvió a comisión para modificar un párrafo del artículo 1 que exceptúa de pena al progenitor que entregue a un hijo "cuando mediare situación de vulnerabilidad, ignorancia o facultades mentales alteradas". Además, resta fijar las condenas que, en principio, podrían ser de hasta 10 años de prisión.
La iniciativa, presentada por la legisladora de la Unión Cívica Radical (UCR) por Santa Fe Carolina Losada, contó con el voto afirmativo de los 63 senadores presentes en el recinto, por lo que el presidente provisional de la Cámara alta, Bartolomé Abdala, de La Libertad Avanza, destacó que "lo importante es que hubo una expresión por unanimidad de hacer una ley que sea más punible".
El proyecto, que había sido dictaminado el pasado 27 de junio en la comisión de Justicia y Asuntos Penales, establece la modificación del artículo 139 bis del Código Penal para incluir el castigo de "prisión de 4 a 10 años al que reciba y a quien entregue a un menor de edad mediando precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado".
Sin embargo, el debate en particular generó controversia, especialmente por el párrafo que le sigue, que establece: "Quedarán exentos de pena el progenitor que entregare a su hijo/a en las condiciones dispuestas en el artículo 139 bis, cuando mediare situación de vulnerabilidad, ignorancia o facultades mentales alteradas, exceptuando aquellos casos donde se denoten antecedentes relacionados a los artículos comprendidos en este capítulo".
Al respecto, Abdala señaló que "hay muchas ideas contrapuestas" y sostuvo: "Desde lo particular entiendo que este delito nace muchas veces en el seno familiar".
En cuanto al monto de las penas, indicó que "se llevaba de 4 a 14" años y aclaró: "Hay dos, tres alternativas, no quedó firme. Justamente fueron los temas que también provocaron de alguna manera que se vuela a comisión para un análisis más exhaustivo. Pero lo que más hizo ruido es la posibilidad de excluir o de exceptuar a los progenitores de este delito".
En sintonía con la modificación del artículo 139 bis, la iniciativa incorpora un nuevo apartado, el 139 tercero, para reprimir con una escala de prisión de 5 a 15 años a quien "facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos de este capítulo, si no resultare un delito más severamente penado".
A su vez, advierte que "el funcionario público o profesional que, en el ejercicio de su actividad, incurriere en alguna de las conductas previstas en este capítulo, será reprimido con prisión de 4 a 10 años y se le aplicará la accesoria de inhabilitación especial por el doble del tiempo que el de la condena, si no resultare un delito más severamente penado".
Pese al contexto en el que fue aprobado el proyecto, Losada lo desvinculó del caso Loan al recordar que ya lo había presentado en marzo pasado y que, además, era una réplica del que había firmado hace dos años, que obtuvo dictamen de comisión y "nunca llegó al recinto porque el kirchnerismo lo durmió".
En este marco, la senadora radical advirtió que más allá de la investigación por el pequeño de 5 años que fue visto por última vez el pasado 13 de junio, "existen 1.777 búsquedas activas de chicos que han desaparecido".