Por Mgter. Gerardo Gasparutti*

Los datos relacionados al consumo de alimentos en nuestro país son poco alentadores. En promedio, solo el 10% de la población lleva una dieta acorde a sus necesidades, mientras que el resto consume alimentos altos en densidad calórica y pobres en nutrientes, como gaseosas, galletas y productos azucarados.

En este sentido, todos estos productos son aquellos que deberán comenzar a evidenciar el exceso en nutrientes críticos a través de sellos de advertencia en el marco de la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable que entró en vigencia el 20 de agosto de este año.

La ley estipula que los alimentos que tengan excesos de azúcar, sodio, grasas saturadas, calorías o grasas totales, lleven en el frente de sus envases octógonos negros que los identifiquen; contemplando, además, dos leyendas dirigidas a los niños, donde se evidenciará la frase “contiene cafeína o edulcorante”, según corresponda.

Asimismo, la ley define que estos alimentos no pueden tener ningún tipo de publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes ni ser vendidos en entornos escolares. Incluso, los artículos con más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados o figuras públicas que llamen la atención de la población infantil.

¿Por qué no se están viendo los sellos? A pesar de que la ley entró en vigencia el pasado 20 de agosto, es difícil aún encontrar sellos de advertencia en la góndola de los supermercados y difícilmente los encontremos en su totalidad hasta principios de 2023. Las razones pueden ser varias: que los artículos hayan sido elaborados y envasados antes de la puesta en vigencia de la ley, que tengan un vencimiento prolongado, o bien por el pedido de prórroga solicitado por las empresas con el fin de reformular los productos para evitar la incorporación de sellos.

Más que un sello

¿La incorporación de sellos de advertencia nos garantiza que la población comience a comer mejor? La respuesta es no. Si bien el punto fuerte de la normativa apunta a identificar e informar a la población del exceso de ingredientes críticos dentro de los alimentos (azúcar, sodio, grasas, edulcorantes, entre otros) también tiene otros aspectos muy importantes que buscan fomentar hábitos saludables en la población, sobre todo en los más chicos. Entre ellos, se encuentra la prohibición de que productos con sellos sean ofrecidos en escuelas y la inclusión de educación alimentaria nutricional en los contenidos de la currícula.

El espíritu de la ley no es de carácter punitivo, sino que apunta a promover una alimentación saludable en todas las edades, incorporando estos hábitos desde una edad temprana. En ese contexto, el etiquetado frontal es solo una parte de la ley, que busca dar la información para orientar a las personas a tomar decisiones correctas al momento de elegir qué comer.

La escuela es un ámbito educativo, pero también un espacio de desarrollo social, por lo tanto, allí se adquieren prácticas que suelen perdurar en todas las etapas de la vida. Al mismo tiempo, es un ámbito de protección, en donde se vela por el cuidado, la educación y la salud de los niños y adolescentes. Al respecto, existe una deuda en cuestión de educación alimentaria, tomando en cuenta que no se avizoran en el corto plazo programas para ayudar a la población a comprender el etiquetado.

La mayoría de los colegios todavía no tienen lineamientos claros y concretos que les permitan actuar en relación al entorno escolar y por eso hoy no se ven efectos de la ley dentro de los establecimientos.

Así como las enfermedades relacionadas a la alimentación son multicausales, también debe serlo su prevención y tratamiento. Es por ello que resulta fundamental el cumplimiento de la ley en todos sus aspectos: además de los sellos, la restricción de la comercialización de alimentos y bebidas con sellos de advertencia en entornos escolares, la regulación de su publicidad, promoción y patrocinio y, sobre todo, una educación alimentaria sólida.

*Director de la Licenciatura en Nutrición de la Universidad Siglo 21