Bienes Personales: la AFIP reglamentó las rebajas para los contribuyentes cumplidores
El beneficio será para los ciudadanos que presentaron en término las declaraciones juradas de los últimos tres años.
La Administración de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el mecanismo para acceder a la rebaja que tendrán los contribuyentes "cumplidores" en el Impuesto de Bienes personales contemplada en la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que consiste en una reducción del 0,5% de la alícuota de ese gravamen.
La resolución 5525/24, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece que solo podrán acceder a esta medida aquellos ciudadanos que hayan cumplido correctamente con la presentación de las declaraciones juradas de 2020, 2021 y 2022.
También podrán hacerlo los contribuyentes que se han inscripto en el blanqueo de capitales para regularizar los activos no declarados.
La AFIP sostiene que para "calificar como contribuyente cumplidor deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022".
De acuerdo a esa resolución, el beneficio se podrá aplicar para las declaraciones de bienes personales de 2023, 2024, y 2025.
También se determina una reducción para los responsables sustitutos de las pequeñas y medianas empresas del 0,357% de la alícuota establecida en la ley del Paquete Fiscal.
Para acceder a esta rebaja se deberá ingresar al apartado "Beneficio a Cumplidores" en el sitio Web de la AFIP, con una clave fiscal con nivel de seguridad 3.