La Administración de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el mecanismo para acceder a la rebaja que tendrán los contribuyentes "cumplidores" en el Impuesto de Bienes personales contemplada en la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que consiste en una reducción del 0,5% de la alícuota de ese gravamen.

La resolución 5525/24, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece que solo podrán acceder a esta medida aquellos ciudadanos que hayan cumplido correctamente con la presentación de las declaraciones juradas de 2020, 2021 y 2022.

También podrán hacerlo los contribuyentes que se han inscripto en el blanqueo de capitales para regularizar los activos no declarados.

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La AFIP sostiene que para "calificar como contribuyente cumplidor deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022".

De acuerdo a esa resolución, el beneficio se podrá aplicar para las declaraciones de bienes personales de 2023, 2024, y 2025.

También se determina una reducción para los responsables sustitutos de las pequeñas y medianas empresas del 0,357% de la alícuota establecida en la ley del Paquete Fiscal.

Para acceder a esta rebaja se deberá ingresar al apartado "Beneficio a Cumplidores" en el sitio Web de la AFIP, con una clave fiscal con nivel de seguridad 3.