El Enargas reglamentó esta semana la aplicación de un nuevo método de financiamiento para los aumentos del 30% de gas que comenzarán a regir el primero de julio.

La suba en las tarifas, aplicadas a partir de abril, serán visibles en las facturas de los usuarios a partir de julio cuando se sienta el efecto del invierno en el consumo de gas.

Por esta razón, y previendo cifras imposibles de pagar para muchos usuarios, el Ente Nacional Regulador del Gas publicó en el Boletín Oficial la Resolución 97/2018.

Tres cuotas con recargo: ofrece el Gobierno nuevas opciones de pago para los aumentos de gas

Esta comunica que los consumidores residenciales, comercios y Pymes podrán pagar el 25% de las facturas de gas en cuotas por los consumos de julio a octubre con un costo máximo del 1,5% mensual.

Este formato regirá a partir de las facturas de los período 4 y 5, por los consumos desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre. La intención es aliviar los presupuestos de las familias, comercios y Pymes, en el período de mayor consumo y con carácter de excepción.

Puntos claves:

  • Optativo: la elección del pago en cuotas de las facturas será opcional y explícito, teniendo que tramitar presencialmente el pedido de cuotas.

  • Plazo: solamente las facturas por los períodos 4 (julio - agosto) y 5 (septiembre - octubre), se podrán abonar parcialmente en tres cuotas bimestrales.

  • Dos opciones: el usuario sólo podrá optar por el pago total del equivalente mensual del consumo facturado o aceptar que se le financie el 25% del total en tres cuotas bimestrales. No podrá hacerlo por una modalidad intermedia, ni por un sólo período, sino por los dos.

  • Financiamiento: La proporción del monto a financiar será del 25% del monto total de la factura del período de consumo. Ese límite se estableció para evitar que con los vencimientos de los menores consumo del verano se termine pagando más que en el invierno.

  • Costo del financiamiento: La tasa del crédito de corto plazo que aplicarán las distribuidoras de gas no podrá superar el 1,5% mensual.

  • Trámite: Cada titular del servicio deberá manifestar su adhesión en forma presencial en la receptoría de la distribuidora que corresponde al domicilio, o virtual a través de la página de internet de la prestadora.

  • ¿Cuándo realizarlo?: Podrán hacer el trámite antes de recibir la facturación por el consumo del período 4, del 1 de julio al 31 de agosto, o hasta el día de vencimiento del primer cupón de pago.

  • Refacturación: la financiación acumulada y sus intereses se pagarán a partir de las facturas emitidas desde el 1 de noviembre y por 3 períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis para los clientes mensuales. Para el caso de usuarios que soliciten la baja del servicio serán exigibles todas las cuotas de financiación pendientes.

  • Adhesión tardía: Si un cliente pagó el primero comprobante de vencimiento mensual del período 4, no podrá adherirse por el restante, pero sí podrá hacerlo por el bimestre siguiente, septiembre a octubre.