En las últimas horas, la sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial de Capital Federal falló a favor de una jubilada que se había sobre endeudado con préstamos personales: las empresas le deberán dar más de $7.000.000, luego de que la Justicia la considerara "hipervulnerable".

Las autoridades determinaron anular los contratos de crédito y los pagarés que vinculaban a la también pensionada de 80 años con las empresas Cartasur Cards S.A. y Enpro S.R.L. Ahora, las compañías deberán indemnizarla con una suma millonaria por su "comportamiento desaprensivo, abusivo e ilegítimo".

En primer lugar, la jubilada había solicitado una compensación por daño moral ($2.600.000) y punitivo ($5.000.000), un ajuste por depreciación monetaria y que se la excluyera de cualquier base de datos de deudores. De todas formas, no trascendió cuánto deberán aportar cada empresa para llegar a la suma total.

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En la reconstrucción para determinar su situación de "hipervulnerable", las autoridades determinaron que los ingresos de la señora no le alcanzaban para cubrir sus necesidades básicas y señalaron a las empresas porque estas no habían indagado sobre las posibilidades de pago de su clienta.

También ponderaron un testimonio de la mujer de 80 años, quien manifestó confusión sobre la operatoria, debido a las sucesivas refinanciaciones y las elevadas tasas de interés.

Además, desde el entorno de la clienta recibieron mensajes "en tono intimidatorio" por WhatsApp y por mail, al tiempo que no pudo leer los documentos que firmó y que tampoco le dieron copias de las contratos en cuestión. En esos papeles no se mencionaban las tasas de interés y los costos.

En síntesis, el fallo reconoció a la jubilada como una clienta con ingresos limitados y educación básica incompleta. De hecho, estimaron que las obligaciones crediticias consumían gran parte de sus ingresos, con cuotas que representaban hasta un 49% de sus haberes. La sentencia concluyó que los contratos eran nulos.