La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA resolvió que la actividad de Uber no constituye contravención, como había señalado la fiscalía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para acusar a la empresa de “ilegal”. En tanto, la decisión de la Cámara revoca todas las condenas impuestas contra Uber y sus directivos por el supuesto “uso lucrativo del espacio público sin autorización” y confirma la absolución por la supuesta “violación de clausura”. El fallo fue firmado por los magistrados Sergio Delgado, Jorge Atilio Franza y José Saez.

Con esta decisión pierde todo sustento legal la orden de bloqueo de tarjetas de crédito dictada en el marco de la supuesta contravención que la Cámara declaró inexistente. También queda sin sustento el pretendido “ajuste fiscal” de la AFIP, que se basa en la condena revocada. Los jueces entendieron que “no usa indebidamente el espacio público (...) realizando una actividad lucrativa no autorizada, quien circula conduciendo un vehículo por las calles y avenidas libradas al tránsito automotor, con o sin acompañantes, sean estos conocidos del conductor o pasajeros que con él contrataron un transporte”.

En septiembre de 2018, el juez Ladislao Endre, a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 25 de la Ciudad, había condenado a la empresa y su CEO, Mariano Otero, a pagar multas de $60.000 y a dos años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con el transporte de pasajeros en la Ciudad, al considerar que organizaban actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público. Con la decisión de la Cámara esa condena quedó nula.

En cuanto a la demanda rechazada de la AFIP, el ente recaudador había determinado que Uber tiene una deuda con el fisco en materia de tributos y cargas sociales por unos $358.700.000. Esto se desprende de una deuda de $147,4 millones de IVA y Ganancias y de $211,3 millones de impuestos a la seguridad social.

La supuesta contravención, ahora inexistente, motivó una investigación de más de tres años dirigida por un equipo de fiscales especiales. Durante el proceso de investigación se realizaron cientos de allanamientos luego declarados nulos y medidas cautelares. La decisión de la Justicia porteña sostiene que Uber y sus directivos no cometieron ninguna de las contravenciones por las que fueron acusados: no utilizaron el espacio público indebidamente para actividades lucrativas sin autorización ni violaron clausura alguna al continuar prestando el servicio pese a una orden de bloqueo del sitio web, en lo que fue una orden posteriormente declarada inconstitucional por el Tribunal Superior de Justicia en 2018.

Esta nueva confirmación de la Justicia Porteña se suma a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que descartó cualquier tipo de delito, siendo la de Uber una actividad “claramente lícita”, y a las sentencias firmes en las causas “Bellini”, “Corrales” y “Gimeno” de la justicia porteña, según las cuales la actividad tampoco constituye una falta, mostrándose así todo el panorama judicial favorable a la legalidad de Uber en Argentina.