Los pedidos de prisiones domiciliarias con la pandemia, dejaron en evidencia la crisis carcelaria, que incluye la sobrepoblación y la falta de higiene. Sin embargo, el foco parece no haberse puesto sobre quiénes las solicitaban: ¿eran condenados o procesados?

En el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, las personas privadas de su libertad son 44.006. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) recogió los datos del Ministerio de Seguridad bonaerense al pasado 30 de abril.

"El abuso de la prisión preventiva -para quienes todavía no cuentan con una condena firme- tiene varias explicaciones, como las modificaciones de los códigos procesales penales nacional y provincial que restringieron el principio de libertad constitucional durante el transcurso del proceso", sostiene el Coordinador del equipo "Política criminal y violencia en el encierro" del CELS, Mariano Lanziano.

Presos durante la cuarentena. FOTO: NA.
Presos durante la cuarentena. FOTO: NA.

El abogado señala que esos cambios volvieron a la prisión preventiva como regla y no como excepción. "A su vez, hay una cultura judicial que no piensa en otras alternativas más allá del encierro para que el preso no se fugue o no entorpezca el proceso", explica. Y agrega: "Sumado a que los estándares de prueba son bajos al valorar si esa persona puede entorpecerlo o fugarse".

Privados de la libertad sin condena firme: las cifras

Casi la mitad de los presos no tiene una sentencia condenatoria, es decir que un juez no confirmó su culpabilidad. Por eso, están procesados con prisión preventiva. Esta población carcelaria asciende a 21.691. Mientras que los restantes, están efectivamente condenados, y llegan a ser 21.809.

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Los números se invierten en el Servicio Penitenciario Federal: hay más presos con prisiones preventivas (6.445) que condenados (5.541), y solo tres personas son inimputables, al 26 de mayo.

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El informe del organismo de DDHH concluyó que en ambos sistemas hay un gran número de personas detenidas por delitos leves, y cumple penas menores a tres años.

En este punto, Lanziano hace la distinción entre los delitos de robo y hurto, y los demás. En referencia a los dos primeros dice: "La Justicia no requiere un gran desenvolvimiento para evitar que los presos por delitos contra la propiedad no entorpezcan el proceso o se fuguen".

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El coronavirus y la cárcel

"Este es un momento crítico que sirvió para poner el foco sobre los déficits del sistema carcelario, reconocidos por la emergencia carcelaria del año pasado. Además se volvió a poner sobre el tapete el tema de la sobrepoblación y los porcentajes de detenidos en prisión preventiva y ciertas demoras en las vías recursivas", explica Ricardo Richiello, defensor oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional.

El docente de derecho penal de la Universidad de Buenos Aires (UBA) también destaca que "la medida sanitaria por excelencia, que es el distanciamiento social, es imposible de cumplirse en las cárceles, al igual que en los geriátricos y los psiquiátricos".

Misma opinión tiene el penalista Sebastián Barón y Lanziano, quien destaca que hablar de distancia social e higiene dentro de las prisiones es insostenible debido a la sobrepoblación.

Presos durante el brote del COVID-19. FOTO: NA.
Presos durante el brote del COVID-19. FOTO: NA.

"La pandemia visibilizó la crisis estructural de las cárceles. Hubo abuso del encierro como única medida para responder a las demandas de seguridad", indica el coordinador del CELS.

Pensar en un posible brote dentro de los penales, conllevaría un alto nivel de peligrosidad. "Sería un riesgo cierto que suceda, sobre todo porque el sistema de salud tendrá que atender a los presos contagiados de coronavirus. El esfuerzo que la sociedad pone en evitar el contagio, podría verse afectado si los privados de la libertad se infectan en masa", afirma.

Por su parte, Mariano Grondona, penalista y magíster en Derecho de la Universidad de California, analiza cuál es la mirada de la sociedad sobre los penales: "Es positivo que la sociedad le preste atención al sistema carcelario porque es un área que, por distintas razones, no está a la vista del público general".

El interés que despertó el tema considera que "visibiliza los problemas" que tiene el sistema. "Ojalá, que de algún modo, esa atención genere efectos positivos en quienes tienen alguna responsabilidad sobre su funcionamiento", explica Grondona.

Presos con preventiva: ¿importan?

"La sociedad no distinguió si los presos están condenados o procesados", dice Barón. Lo mismo cree la integrante del Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza, Agustina Rogé Vaccarezza: "No se muestra si los presos tienen condena o no. Tampoco a la gente le interesa".

También su colega, Daniel Alvárez Doyle sostiene que a la sociedad no le importa si los presos tienen preventivas o condenas: "En toda la Argentina casi la mitad o un poco más de presos no cuentan con condena". Asimismo, aclara: "Los operadores judiciales ya lo saben".

La cárcel de máxima seguridad: Ezeiza. FOTO: NA/ DANIEL VIDES.
La cárcel de máxima seguridad: Ezeiza. FOTO: NA/ DANIEL VIDES.

Ante esta situación, el penalista sostiene: "Los privados de su libertad procesados son personas jurídicamente inocentes, pueden ser declaradas sobreseídas o absueltas". Sin embargo, considera que la desinformación es muy grande sobre la preventiva.

"Los integrantes de la Justicia no aplican bien la medida, ya que la usan como una pena anticipada", afirma el abogado. Y agrega: "Quizás la pandemia hizo que alguno se diera cuenta que hay sobrepoblación y que hay un psicólogo cada veintena de presos. Ellos tienen derechos y de lo único que están privados es de la libertad, conservan el derecho a la salud y a la seguridad. Si hay pandemia se debe reducir el nivel de encarcelamiento".

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Alternativas a la prisión preventiva

Frente al exceso de utilización de la preventiva, Richiello considera que la solución es "el uso racional de la medida y alguna alternativa": "Las recomendaciones de la Cámara de Casación Federal y bonaerense van en la línea correcta con alivianar los encierros en los casos de los delitos contra la propiedad o de estupefacientes. Se estudia caso por caso".

El defensor oficial sostiene que las causas de ventas de drogas al menudeo, "que tienen una entidad menor y terminan en prisiones preventivas extendidas, sobre todo para las mujeres", podrían cambiar la preventiva por otra medida.

Legislación penal

Por su parte, el abogado del CELS explica que "la sanción de leyes que establezcan alternativas a la preventiva es importante".

Entre las medidas alternativas menciona el monitoreo electrónico, las restricciones para salir del domicilio o a determinados lugares, y así "se evitaría que una persona se fugue". Rogé Vaccarezza suma "la prisión domiciliaria, aunque sea una medida preventiva, la prohibición de salir del país y acudir a la fiscalía todas las semanas o cada mes".

"Se paran las prisiones preventivas al aplicar los estándares de la Corte Interamericana de DDHH,  que establecen la naturaleza excepcional de la medida. Para su dictado debe ponerse en peligro el proceso o que haya posibilidad de darse a la fuga", dice Alvárez Doyle. Y aclara: "La legislación amplió más la posibilidad de aplicarla".

Asimismo, Rogé Vaccarezza hace hincapié en que la cuestión de regular la preventiva es un tema "de política criminal, dado que son decisiones no jurídicas". En la vía judicial considera que habría que "exigirle más al fiscal para estos casos, además de disminuir la posibilidad de su aplicación a través de la implementación de nuevos requisitos".

¿Nuevas leyes modificarán la prisión preventiva?
¿Nuevas leyes modificarán la prisión preventiva?

Otra opción para evitar las preventivas es un "proceso más ágil o el procedimientos como el de flagrancia que aceleren los tiempos hacia una decisión final", explica Grondona. Y aclara: "La implementación de resoluciones alternativas en algunas jurisdicciones ya funcionan muy bien".

La simplificación de los procesos lleva a vincularlos con la digitalización de los expedientes. "El expediente digital logra procesos mucho más rápidos, en los que se eliminan distintos pasos que entorpecen. Sin necesidad de grandes cambios legislativos y con las herramientas disponibles podrían lograrse mejoras significativas, poniendo el foco en la eficiencia de los procesos y eliminación de tiempos muertos", dice el penalista.

El futuro de los penales tras el paso de la pandemia genera incógnitas. "En la pospandemia podría modificarse la situación carcelaría si hay muertos en los penales por el COVID-19, sino todo seguirá igual", conluye Barón.