El presidente Mauricio Macri promulgó hoy la ley de financiamiento de los partidos políticos que permite a las empresas realizar aportes a las campañas electorales, con un veto parcial que eliminó una de las restricciones que fijó la norma a esas compañías. Sin embargo, desde la Rosada aclararon que el motivo del veto parcial fue méramente técnico. 

En el quinto artículo de la ley se fija entre otras restricciones que los partidos políticos no podrán aceptar aportes o donaciones de personas humanas o jurídicas que se encuentren "imputadas en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente". Es en este punto que la Legal y Técnica del gobierno nacional observó, puntualmente el impedimento a quienes sean "sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva".

Y es que, según precisaron en la Dirección Nacional Electoral, el Tribunal Fiscal de la Nación es un organismo que recibe reclamos de los contribuyentes contra resoluciones dictadas por la AFIP. O sea que el contribuyente no es el demandado sino el que demanda si cree que no le corresponde pagar un impuesto.

En el decreto se argumentó que "el término sujetos demandados no resulta técnicamente correcto", ya que refiere a una situación que "en los hechos no existe".

Esta ley busca blanquear uno de los puntos más oscuros de la historia política reciente: el financiamiento de las campañas electorales, un hecho que generó investigaciones judiciales para todos lados, desde la Causa de los Cuadernos hasta los aportantes a la campaña de Cambiemos.