En un fallo que muchos leyeron como guiño al sector empresarial, la Corte Suprema de Justicia consideró que la prestación de servicios es una forma de vínculo laboral y de alguna manera le dio aval a aquellos que utilizan esa modalidad para no registrar a sus empleados.

Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz le pusieron el gancho a la resolución que también es un sogazo al fuero laboral, enemigo de oficialismo y que acumula varios "retos supremos" en los últimos meses.

El caso por el que la Corte falló se trataba de un reclamo de un neurocirujano que trabajaba para el Hospital Alemán y que lo demandó por despido ya que consideraba que la relación era más que simplemente presentar las facturas del monotributo. El médico había conseguido que los jueces le den la razón hasta que intervino el Máximo Tribunal.

Lorenzetti, Highton y Rosenkrantz consideraron que la "prestación de servicios para una empresa no implica que la relación sea dependiente".

Incluso, dijeron que el neurocirujano no había reclamado en los siete años que duró su vínculo y que tampoco se había podido comprobar que haya tenido licencias o vacaciones pagas. 

Mientras tanto, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda optaron por declarar "inadmisible" el recurso que presentó el Hospital Alemán. La causa tiene que volver ahora al primer juzgado que intervino para que se dicte ahí un fallo nuevo de acuerdo a estos lineamientos de la Corte.