La Corte Suprema confirmó la condena a seis años contra Cristina Kirchner, que irá presa por la Causa Vialidad
El fallo del máximo órgano judicial del país fue dictado por unanimidad y fundamentado en 85 páginas. La decisión deja fuera de la carrera electoral a la exmandataria, quien podrá solicitar la prisión domiciliaria en virtud de su edad.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Kirchner por la denominada Causa Vialidad, relacionada con la obra pública santacruceña.
A partir de esta resolución, el expediente deberá regresar al Tribunal Oral Federal 2, el de origen, que deberá citar a la expresidente a Comodoro Py para notificarla, tras lo cual quedará detenida, aunque, en virtud de su edad (72 años), podrá solicitar prisión domiciliaria. La decisión, asimismo, deja fuera de la carrera electoral a la actual titular del Partido Justicialista (PJ), quien la semana pasada había anunciado su candidatura a la Legislatura bonaerense.
El fallo del Máximo Tribunal, fundamentado en 85 fojas, fue dictado por unanimidad y lleva las firmas de sus tres integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Ronsekrantz y Ricardo Lorenzetti. La sentencia incluye el decomiso de unos $84.000 millones.
En ese sentido, los jueces rechazaron las apelaciones de la defensa de la expresidente, de los otros ocho condenados en la causa y del fiscal Mario Villar -quien había pedido sumarle el delito de asociación ilícita-, utilizando la fórmula del artículo 280 de Código Procesal Civil y Comercial, en este caso acompañado de los fundamentos de la decisión dada su trascendencia institucional.
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"Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida -valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica (art. 398 del Código Procesal Penal de la Nación)- y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley", consideraron los jueces en sus fundamentos.
"Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático, según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación (art. 174, último párrafo, del Código Penal, texto según ley 25.602)", advirtieron.
En diciembre de 2022, la exmandataria fue sentenciada por fraude contra el Estado por favorecer a Lázaro Báez con las licitaciones de la obra pública en la provincia de Santa Cruz. Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, del Tribunal Oral Federal 2, la condenaron a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Dos años después, la Cámara de Casación Penal, con la firma de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, ratificó esa pena.
En aquella misma decisión, el principal tribunal penal del país también había confirmado las condenas a seis años de cárcel para Lázaro Báez, José López (6 ), Nelson Periotti (6), Juan Carlos Villafañe (5), Raúl Pavesi (4 años y 6 meses de prisión), José Santibáñez (4), Mauricio Collareda (4) Raúl Daruich (3 años y seis meses). Todas estas sentencias fueron ratificadas este martes por la Corte.