Tras la apelación presentada por la defensa de Cristina Kirchner, la Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver si la expresidenta, quien cumple prisión domiciliaria por la causa Vialidad en un departamento del barrio porteño de Constitución, puede recibir visitas sin previa autorización judicial. 

La remisión a Casación fue indicada por el Tribunal Oral Federal 2, luego de previamente exigirle a la presidenta del Partido Justicialista (PJ) que entregue un listado de personas que la puedan saludar sin previo trámite en su residencia de San José 1111 y sugería que esté compuesto por aquellos que "integren su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representen". 

Si bien la defensa integrada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy cumplió el pedido, exigió que no haya restricciones en el régimen de visitas al considerar que "quienes cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley".

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"Una consideración aparte merece la situación de las personas que, sin ser familiares de nuestra representada, mantienen con ella vínculos de amistad y afecto y, por ende, conforman una parte fundamental de su vida de relación", agregaron los representantes de la dos veces jefa de Estado en el documento.

Además, señalaron que al ser Cristina la presidenta del PJ no se podía limitar "el derecho que tiene un dirigente político a mantener contactos directos con personas que desarrollen esta misma actividad, ya sean de su propia fuerza u otra".

Sin embargo, los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu rechazaron el pedido: "Se advierte, en primer lugar, que la parte exterioriza un total rechazo de una de las pautas de conducta que se estableció en el resolutorio del pasado 17 de junio, mas no logra conmover el razonamiento y los fundamentos que fueron brindados por los suscriptos para proceder como lo hicimos".

Ante la negativa, la defensa de la líder peronista insistió con una apelación al argumentar que "la normativa vigente no faculta a los jueces a imponer reglas de conducta adicionales a las personas que cumplen su pena bajo la modalidad de arresto domiciliario, más allá que el acatamiento estricto y riguroso de la privación de la libertad". 

A su vez, afirmaron que se trata de una "regla de conducta que no registra antecedentes" y cuya finalidad "no es explicada", por lo que se lesionarían las garantías personales de la exmandataria y de "los de millones de personas que ella representa y, por ende, al sistema democrático y republicano de gobierno".