En un controversial y cuestionado fallo, el juez porteño Roberto Gallardo determinó la inmediata suspensión de las empresas de delivery y mensajería Rappi, Glovo y Pedidos Ya, las cuales ganaron terreno en los últimos años y fueron acusadas de no respetar una serie de cumplimientos legales y judiciales.

En la resolución dictada el viernes, el titular del Juzgado de Feria en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, dispuso que la Policía de la Ciudad "decomise" las mercaderías que son transportadas por quienes trabajan en las empresas y advirtió con multas de $10 mil por cada infracción verificada. 

Desde las empresas, repudiaron la disposición y se mostraron abiertos al diálogo para encontrar un "consenso", según un comunicado.

Entre otras medidas dispuestas, Gallardo fue el principal detractor de los carteles luminosos led en la vía pública. En 2010, ordenó que se desconectara un imponente cartel luminoso de Coca-Cola en Carlos Pellegrini y Diagonal Norte, frente al Obelisco. Su argumento era que las luces led ponían en riesgo la seguridad vial.

Un año después, impulsó una cruzada contra el SAME. Luego de la muerte de un hombre en la Villa 31 de Retiro, dictaminó la intervención judicial del servicio de emergencias, así como también la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud porteña.

También en 2011, hizo lugar a un recurso de amparo de los vecinos de Recoleta y ordenó la suspensión inmediata de la construcción de un estacionamiento subterráneo.

Subtes, SAME, Rappi y Glovo: los polémicos fallos del juez Roberto Gallardo

En marzo de 2019, con Cambiemos ya gobernando también a nivel porteño, Gallardo estuvo en boca de todos por decretar que los usuarios viajen gratis en subte cuando las escaleras mecánicas de las estaciones no funcionen correctamente.

La resolución, que era tan resonante como impracticable, y desde la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, determinaron que el juez porteño fuera apartado de la causa y dieron marcha atrás con el fallo, por considerar que "la normativa local no le otorga al juez la facultad de crear sanciones fuera de la ley".