La justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires absolvió a un chofer de Uber a quien le habían labrado un acta de infracción en julio pasado "por explotar sin autorización para prestar el servicio", esta decisión judicial es un guiño para sentar un precedente ya que se ratifica nuevamente la legalidad del sistema de aplicación de transporte privado.

El conductor se iba trasladando por al 700 de la Avenida Córdoba cuando fue detenido por un agente de tránsito que confirmó que era chofer de la aplicación.

El juez Javier Buján absolvió al conductor del servicio de transporte privado en relación con la infracción prevista y reprimida en el art. 6.1.49 segundo párrafo y 4.1.7 de la Ley 451.

Ratifica la Justicia porteña la legalidad de Uber y le exige al Gobierno medidas para regularla

El magistrado entendió que "la conducta es atípica en el marco de la misma, dado que la actividad se constituye en un contrato de transporte privado innominado regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación con contratos conexos".

Además, recordó en su fallo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la legalidad de la empresa Uber, "considerada en las instancias previas como una actividad comercial lícita", cuando rechazó la queja del Sindicato de Peones de Taxi en agosto pasado.

Por otra parte, señaló que algunos precedentes de la propia justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, tales como "Sajoux s/ infr. al Art. 86 C.C.", declaran la inexistencia de la contravención en términos del artículo 86 de dicho código.

Ratifica la Justicia porteña la legalidad de Uber y le exige al Gobierno medidas para regularla

Para finalizar su decisión, en una curiosa maniobra, el juez citó al científico Stephen Hawking para reclamarle al Gobierno Nacional la regulación de Uber.

"La inteligencia es la habilidad de adaptarse a los cambios; debiendo entonces aggiornarse al uso de las nuevas tecnologías; adaptando y reglamentando lo pertinente para la utilización segura de las mismas sin menoscabar el derecho a la actividad comercial de los ciudadanos; así como de elección de los usuarios".