Como parte del "Plan de reparación histórica de los ahorros de los argentinos" anunciado este jueves, el Gobierno lanzó 14 medidas para incentivar a los ciudadanos a blanquear sus dólares, que entrarán en vigencia este viernes 23 de mayo, tras su publicación en el Boletín Oficial.

Siete de ellas corresponden a la derogación de varios regímenes de información -por los cuales se deben remitir a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) datos sobre determinadas operaciones- y la mitad restante, a la suba de los montos mínimos de otros mecanismos que seguirán vigentes.

Los sistemas que se eliminarán son los siguientes:

  1. Las compras con tarjetas de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. De esta forma, las administradoras no deberán comunicar el monto de las compras, que "va a estar resguardado", destacaron desde el ministerio de Economía.
  2. El CITI Escribanos (Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes), que había sido implementado por la ex Agencia Federal de Ingresos Público (AFIP) y obligaba a esos profesionales a enviar mensualmente todas las operaciones notariales.
  3. La compra-venta de vehículos usados. Desde ahora, los concesionarios no deberán reportar ninguna operación a la ARCA.
  4. El pago de expensas, que debía comunicarse a partir de los $32.000. Con esta medida, las administradoras de consorcio quedarán exentas de ello.
  5. El Código de Oferta de Transferencia Inmueble (COTI), por lo que los vendedores o los agentes inmobiliarios ya no deberán remitir datos cuando pongan una propiedad en venta.
  6. Los consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía, que alcanzaba a los proveedores de esos servicios.
  7. Además, se prohíbe a los bancos solicitar declaraciones juradas de impuestos nacionales. En caso de que lo hagan, las personas pueden negarse y acudir a Defensa del Consumidor.

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Respecto de otros regímenes de información que seguirán vigentes, desde el organismo recaudador precisaron que se subirán los umbrales a partir de los cuales las entidades financieras y comercios deben brindar datos por una operación.

Las modificaciones son las siguientes:

  1. En el caso de las transferencias y acreditaciones, que los bancos debían reportar a partir de $1.000.000, va a pasar a ser de $50 millones para las personas físicas y $30 millones para las jurídicas.
  2. Las extracciones en efectivo, que se informaban desde cualquier monto, ahora tendrán un umbral de $10 millones para ambos tipos de sujetos.
  3. Los saldos bancarios al último día del mes, que eran de entre $700.000 y $1.000.000 según el tipo de cuenta, se elevan a $50 millones para las físicas y $30 millones para las jurídicas.
  4. Los plazos fijos, sobre los que anteriormente debían remitirse datos a partir del $1.000.000, se elevan a $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
  5. El monto mínimo a comunicar sobre las transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, que previamente era de $2.000.000, eleva a $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
  6. Finalmente, respecto de las tenencias en ALyCs, en sociedad de bolsa, mientras antes debían reportarse todos los montos, con el cambio sólo se debe hacer a partir de $100 millones o $30 millones, según se trate de personas físicas o jurídicas.
  7. Las compras de consumidor final, que para evitar ser informadas tenían un tope de $250.000 en efectivo y $400.000 en cualquier otro medio de pago, asciende a $10 millones para ambos rubros.