Revisión de subsidios a la luz y el gas: lanzaron un nuevo procedimiento para la segmentación de usuarios
El sistema, establecido a través de la Resolución 218/2025 de la secretaría de Energía, permitirá a los consumidores consultar en qué categoría están y pedir un cambio, en caso de considerarlo necesario.
Como parte de la revisión y recorte de los subsidios a la luz y el gas, el Gobierno nacional lanzó un nuevo procedimiento para definir la segmentación tarifaria, por el cual los usuarios podrán consultar en qué categoría están y pedir un cambio, en caso de considerarlo necesario
La medida fue establecida a través de la Resolución 218/2025 de la secretaría de Energía, publicada este lunes en el Boletín Oficial, en la que la cartera dependiente del ministerio de Economía recordó que el Decreto N°55 de 2023 "declaró la emergencia del Sector Energético Nacional" hasta el 31 de diciembre de 2024, luego prorrogada hasta el 9 de julio de este año.
La normativa, que lleva la firma de la titular del área, María Carmen Tettamanti, precisó que el nuevo procedimiento permitirá analizar y evaluar las solicitudes de revisión del nivel de subvención asignado en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) "para todo usuario que inicie el trámite por medio de la plataforma Trámites a Distancia (TAD)".
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Para tal fin, se instruyó a la subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético "para que desarrolle y ponga a disposición de los usuarios una herramienta de consulta que permita al interesado conocer en forma personalizada, en cualquier momento y lugar, el nivel de segmentación en el que se encuentra categorizado".
Asimismo, se facultó a esa cartera para que, "a los efectos de una adecuada focalización de las inscripciones en el RASE, establezca los indicadores de exteriorización patrimonial del nivel de ingresos" y advirtió que su "verificación respecto de alguno de los integrantes del grupo conviviente habilitará a la Autoridad de Aplicación a rechazar la solicitud del beneficio o a excluir al hogar del padrón de beneficiarios".
A su vez, la Secretaría aclaró que quienes ya solicitaron su inclusión en ese registro "no tendrán necesidad de volver a inscribirse, aunque podrán acceder a los formularios de declaración jurada a fin de actualizar la información del grupo conviviente".
"En los casos en que la Autoridad de Aplicación verifique que la declaración jurada presentada por un interesado, o su modificación, contenga información manifiestamente falsa, junto con la exclusión del beneficio, se podrá ordenar, a través de los organismos de regulación competentes, la facturación de todos los importes que le hubieren sido incorrectamente bonificados, con más sus intereses moratorios y punitorios, sin perjuicio de otras acciones y sanciones que pudieren corresponder", agregó.
Para quienes carezcan de acceso digital o requieran asistencia para completar sus solicitudes, está la posibilidad de hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).