La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó nuevas modificaciones en el régimen de información de las operaciones con tarjeta de débito y crédito en el exterior y a partir del 1° de julio las entidades bancarias deberán aportar un mayor volumen de información de las transacciones.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial vía la Resolución 5662 y exige principalmente los detalles de cada una de las compras que la persona realizó, especificaciones que previamente no eran requeridas.

De esta forma, los organismos bancarios tendrán que reportar al ARCA el país donde se llevó a cabo el consumo, el rubro, el monto, la fecha, el nombre del comercio y el número y marca de tarjeta.

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"El objetivo es poder identificar a los servicios digitales del exterior sin implementar un nuevo régimen de información en pos de simplificar la carga administrativa a los contribuyentes", destacó en el documento, que lleva la firma del titular de la Agencia, Juan Alberto Pazo.

A su vez, aclaró que los rubros a informar son "aquellos previstos en el Merchant Category Code (MCC) utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito en base a los códigos de la Organización Internacional de Normalización (ISO), códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC) y/o sus equivalentes o los que los reemplacen en el futuro".

"Antes se informaban menos datos y no se conocía a qué país habían viajado los argentinos ni cuánto gastaban en cada rubro", explicó, por su parte, Elisabet Piacentini, presidenta de la Comisión de Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme) del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad, en diálogo con TN.

"La información recopilada por ARCA también estará disponible en la plataforma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde cada contribuyente podrá visualizar qué datos fueron reportados y cómo pueden impactar en sus recategorizaciones de monotributo o declaraciones juradas impositivas", agregó.