En un contexto de aceleración de la inflación, recesión económica y pérdida de poder adquisitivo de los asalariados, el presidente Mauricio Macri busca reconquistar los votos de la clase media de cara al 2019, que se fugan en las encuestas por los golpes al bolsillo. En esta línea, la Cámara de Diputados emitió dictamen a la nueva ley de alquileres, que supone varias limitaciones para las inmobiliarias. Las claves del nuevo guiño a los pesificados.

El proyecto de ley cuenta con la media sanción del Senado, pero como, si es aprobado, lo será con modificaciones sustanciales, deberá volver a la Cámara Alta para completar el ciclo legislativo. La nueva ley, que podría ser votada en Diputados después del tratamiento del Presupuesto, prevé cambios en los tiempos de contrato, en los montos en los que deberán subir los alquileres, en las garantías para alquilar y en el pago de las comisiones a las inmobiliarias.

En el camino hacia el recinto, la norma sufrirá cambios, ya que los bloques opositores solicitaron mejorar el texto, en especial el punto de las "nuevas" garantías, que obligan al propietario a recibirlas

La nueva ley prevé cambios en los tiempos de contrato, en los montos en los que deberán subir los alquileres, en las garantías para alquilar y en el pago de las comisiones a las inmobiliarias.

En todos los puntos mencionados la nueva ley beneficia a los inquilinos. Sin embargo, en la práctica, el efecto podría ser negativo. A modo de defensa de sus intereses, los titulares de las principales cámaras inmobiliarias sostienen que las regulaciones que pretende el Gobierno podrían generar una caída abrupta en la oferta de alquileres, ya que algunos propietarios elegirían vender por la disminución de la rentabilidad, lo que hará subir el precio de los mismos.

El oficialismo, por su parte, remarca que una ley similar ya rige en la Ciudad de Buenos Aires y que la oferta de alquileres no ha caído. Además, sostiene que brindará garantías y previsibilidad a los inquilinos, dotándolos de herramientas a la hora de negociar sus alquileres.

Las claves del proyecto


El primer punto clave del proyecto es cómo se actualizarán los aumentos de los alquileres. La ley prevé que el monto cambie cada seis meses y que la variación sea un promedio entre la inflación (IPC) y la variación de los salarios que mide el Indec (CVS). De esta manera, como ejemplo, si la inflación semestral ronda el 20% y el aumento salarial el 15%, la cuota de alquiler subiría un 17,5%.

En orden con brindar una mayor previsibilidad, los contratos de alquiler deberán regir por tres años en lugar de dos. Sumado al cambio en el índice de actualización, el inquilino podría asegurarse por tres años que el alquiler no variará mucho más que la inflación y los salarios.

Otro punto clave, y uno de los que genera más resistencia en las inmobiliarias, es que ya no se podrá pedir garantía de propiedad para aceptar a un inquilino. La nueva ley sostiene que alcanzará con un recibo de sueldo del inquilino. Las cámaras advierten que esto podría generar ocupaciones de localidades y morosidades de pago.

Otro aspecto al que el Gobierno pretende ponerle fin es a las altas comisiones que piden las inmobiliarias para entrar a un departamento. La ley prevé un tope de un alquiler que, en tanto, a la hora de ser devuelto al inquilino, será por el monto del último alquiler pagado y no del primero, sobre el que solía regir una devaluación de dos años.

Además, dispone que sea el propietario quien se haga cargo de pagarle las comisiones a la inmobiliaria. Sobre este punto, algunos expertos en la materia sostienen que los propietarios sumarán el costo de las comisiones diluido en las cuotas de los alquileres, por lo que habrá un traslado al precio que pagarán finalmente los inquilinos.



Si bien todos los cambios juegan en contra de los intereses de las inmobiliarias, lo que más reclamos despierta por parte de las mismas es la regulación que la ley fija sobre su actividad, eternamente funcionando en la sombra y con varios vacíos legales y difíciles de vigilar. Los dueños de los departamentos deberán registrar los contratos de alquiler de la propiedad ante la AFIP, en el plazo y la forma que ese organismo detalle.