El proyecto de ley que el Ejecutivo girará al Congreso en las próximas horas prevé la actualización de las escalas del monotributo, como así también los montos a ingresar por el impuesto, el aporte jubilatorio y la obra social.

A diferencia del paquete fiscal retirado en plenas negociaciones en sesiones extraordinarias, los valores a actualizar que propone el Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes son sensiblemente menores, tanto para los limites de facturación como para el componente impositivo de la cuota, mientras que obra social y jubilación quedan igual. Así lo advirtió el contador Marcos Felice en las redes sociales.

Los nuevos parámetros de facturación definidos en el presente proyecto fijan: en $20.500.000 el último tramo para prestaciones de servicios y en $35.500.000 para venta de cosas muebles.

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Mientras que la iniciativa anterior proponía un aumento para la categoría A de facturación hasta $5.000.000 elevando la escala un 137%, el presente proyecto la eleva a $3.000.000, solo un 42,3% en un momento que la inflación hace rápidamente quedar bajo el límite.

Para el caso de la facturación límite del régimen, como la categoría H en servicios, el proyecto anterior ponía el límite en $35.000.000, mientras que el actual lo ubica en $20.500.000. En el caso de la venta de cosas muebles, el límite máximo era de $68.000.000 de la categoría K y en el actual pasaría a $35.500.000.

Sobre esta baja en los límites del proyecto, Felice indicó que "seguramente sea para no seguir perdiendo recaudación" y completó: "Si entran más contribuyentes al régimen de Monotributo, caen los del régimen general que son los que más impuestos pagan".

Aparte, se modificó el precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles, llevándolo de $180589,67 a $385.000, aumentándolo un 113,2%.

Por otra parte, las cuotas a pagar mensualmente irán desde $26.100 para la categoría A, hasta $133.097 para la más alta de servicios, y a $246.919 para venta de bienes.

Además, los montos limites de las escalas de facturación, y las cuotas a ingresar se actualizarán trimestralmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor, según lo que detalla el proyecto en su articulado: "Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2°, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal 2024, inclusive, por la variación anual del IPC que suministre el INDEC".